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Impuestos del creador de contenido: Twitch, YouTube y patrocinios 2026

Guía fiscal 2026 para streamers e influencers: cómo tributan AdSense, Twitch, donaciones, canjes y patrocinios en IRPF e IVA.

Impuestos del creador de contenido: Twitch, YouTube y patrocinios 2026

¿Eres creador de contenido? Esto es lo que debes saber

YouTube, Twitch, TikTok, Instagram... generar ingresos como creador de contenido es perfectamente legal, pero Hacienda lo tiene muy claro: si cobras, tributas. El problema es que las fuentes de ingreso son muy variadas y cada una tiene su tratamiento fiscal específico. Este artículo lo desglosa fuente por fuente.

Lo primero: si tus ingresos son habituales y superan el umbral del Salario Mínimo Interprofesional, deberías estar dado de alta como autónomo en el RETA. Si acabas de empezar, recuerda que existe la tarifa plana de 88,64 €/mes durante los primeros 12 meses.

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Desglose fiscal por fuente de ingreso

Fuente de ingresoIRPFIVANotas clave
AdSense (Google Irlanda)Actividad económica0% (no sujeto)Google es empresa UE; operación B2B intracomunitaria
Twitch (Amazon Twitch)Actividad económica0% (no sujeto)Igual que AdSense: empresa establecida fuera de España
Donaciones de seguidores (Twitch bits, Super Chats)Actividad económica21% si hay contraprestaciónSi hay contraprestación (badge, emote), es servicio
Canjes de producto (ingreso en especie)Actividad económica21% sobre valor de mercadoEl producto gratis tiene un valor que debes declarar
Colaboraciones y patrocinios con marcasActividad económica21%Facturas con retención del 15% (o 7% nuevos autónomos)
Afiliados (Amazon, etc.)Actividad económicaDepende de establecimiento del pagadorRevisar caso a caso

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AdSense e ingresos de plataformas internacionales: el IVA que no ves

Cuando Google o Twitch te pagan, lo hacen desde Irlanda. Eso convierte la operación en una prestación de servicios intracomunitaria B2B. El resultado: tú no cargas IVA en la factura y ellos tampoco te lo repercuten. La operación tributa mediante la inversión del sujeto pasivo: tú declaras el IVA devengado y deducible al mismo tiempo en tu modelo 303, con efecto neutro en la mayoría de casos.

Además, debes presentar el modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias) de forma trimestral o mensual.

Para entender bien cómo funciona el IVA en estas plataformas, consulta nuestra guía completa de IVA en plataformas internacionales.

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Donaciones y regalos de seguidores: ¿tributan?

Esta es una de las dudas más frecuentes. La clave está en si existe contraprestación:

Con contraprestación (el seguidor obtiene un badge, emote exclusivo, acceso a contenido especial): es una prestación de servicios. IRPF como rendimiento de actividad económica e IVA al 21%.

  • Sin contraprestación real (donación pura): en teoría podría tratarse como donación y tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En la práctica, Hacienda suele considerar que si hay una actividad habitual detrás, existe contraprestación implícita.

La postura más segura —y la que recomiendan la mayoría de gestores especializados— es declararlo como ingreso de actividad con IVA al 21%.

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Canjes de productos: el ingreso en especie que muchos olvidan

Una marca te manda un móvil, ropa o suplementos a cambio de que lo menciones. Eso no es un regalo: es un ingreso en especie que debes declarar.

¿Cuánto vale? El valor de mercado del producto en el momento en que lo recibes. Si el móvil vale 800 €, tienes 800 € de ingreso en tu actividad económica.

¿Y el IVA? Debes emitir una factura por el valor del servicio prestado (la mención/reseña) con IVA al 21%. El producto recibido es la contraprestación en especie.

Este punto es uno de los que más descuida la gente y uno de los que más comprueba Hacienda en inspecciones a influencers. No lo ignores.

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Patrocinios y colaboraciones con marcas: facturas y retenciones

Cuando firmas un acuerdo de colaboración con una marca española, la factura lleva:

IVA 21% sobre el importe acordado.

  • Retención IRPF del 15% (o del 7% si llevas menos de 3 años de alta como autónomo y es tu primer año de actividad con este epígrafe). Puedes comprobar qué retención corresponde en nuestra calculadora de retención IRPF.

Si la marca es extranjera (fuera de la UE), no hay retención ni IVA repercutido; debes igualmente declarar el ingreso en IRPF.

Para estimar cuánto te queda realmente al mes después de cuota RETA, IRPF y gastos deducibles, usa la calculadora neto-bruto para autónomos.

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Gastos deducibles que los creadores suelen pasar por alto

Como autónomo, puedes deducir los gastos vinculados a tu actividad:

Equipamiento (cámara, micrófono, ordenador, iluminación)

Software de edición y suscripciones de plataformas usadas profesionalmente

Conexión a internet (proporción de uso profesional)

Dominio y hosting de tu web o canal

Desplazamientos a eventos y rodajes (dietas y kilometraje)

  • Gestoría y asesoría fiscal

Revisa la guía completa de gastos deducibles para autónomos para no dejar dinero sobre la mesa.

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Plazos trimestrales que no puedes perderte

Como autónomo, presentas el modelo 130 (IRPF a cuenta) y el modelo 303 (IVA) cada trimestre:

T1: 1-20 de abril

T2: 1-20 de julio

T3: 1-20 de octubre

  • T4: 1-30 de enero

Consulta el calendario fiscal completo para no olvidar ningún plazo.

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*Esta información es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal. Cada situación personal puede tener particularidades que requieren análisis individualizado.*


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