Inversión del sujeto pasivo: cuándo emitir una factura sin IVA
Descubre cuándo aplicar la inversión del sujeto pasivo en 2026, los casos habituales para autónomos y cómo declararlo en el modelo 303.

Qué es la inversión del sujeto pasivo y por qué afecta a tu factura
Normalmente, quien emite una factura repercute el IVA y lo ingresa en Hacienda. Con la inversión del sujeto pasivo (ISP) ese esquema se invierte: es el receptor de la factura quien declara e ingresa el IVA, no el emisor. El resultado práctico es una factura sin IVA acompañada de una mención legal obligatoria.
Este mecanismo está regulado en el artículo 84.Uno.2.º de la Ley 37/1992 del IVA (LIVA). Si emites o recibes una factura en la que aplique, debes reflejarlo correctamente o te expones a regularizaciones.
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Casos prácticos habituales para autónomos
Estos son los supuestos más frecuentes en los que un autónomo se encuentra con la ISP:
| Supuesto | Quién lo aplica | Condición clave |
|---|---|---|
| Ejecuciones de obra en construcción o rehabilitación | Subcontratistas a contratista principal | Ambas partes empresarios/profesionales |
| Transmisión de teléfonos móviles, consolas y portátiles | Vendedor a revendedor | El comprador debe ser un revendedor (empresario) |
| Materiales de recuperación (chatarra, papel, vidrio…) | Proveedor a empresa receptora | El destinatario es empresario o profesional |
| Entregas de oro de inversión o materiales de oro | Vendedor al comprador empresario | El comprador es empresario |
| Operaciones inmobiliarias con renuncia a la exención | Vendedor al comprador | Renuncia expresa a la exención de IVA |
Construcción y rehabilitación: el caso más frecuente
Si eres un autónomo del sector (instalador, reformista, carpintero…) y trabajas como subcontratista para una empresa constructora, la ISP se aplica casi siempre. El contratista principal declara el IVA en su 303; tú emites sin IVA pero añades la mención legal.
Electrónica: el truco está en el destinatario
Vender un portátil a un particular siempre lleva IVA al 21%. Pero si lo vendes a un revendedor (empresario), aplica la ISP. Ojo: si tienes dudas sobre si tu cliente es revendedor, pídele declaración escrita. Si no la tienes y aplicaste ISP incorrectamente, la responsabilidad puede recaer en ti.
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Mención obligatoria en la factura
Cuando apliques la ISP, la factura no puede llevar IVA y debe incluir la siguiente mención explícita:
> *"Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 84.Uno.2.º de la Ley 37/1992 del IVA"*
Sin esta mención, la factura no es válida para ISP y Hacienda puede exigirte el IVA como si fuera una operación normal. El generador de facturas de Cuotia permite incluir esta indicación legal directamente en la factura en PDF.
Además, no debes consignar base imponible con tipo de IVA ni cuota. La base imponible sí se detalla, pero la columna de IVA queda a cero con la mención sustitutoria.
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Cómo declararlo en el modelo 303
La ISP afecta de forma diferente al emisor y al receptor:
Si eres el emisor (el que emite sin IVA)
Consignas la operación en las casillas de operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo (casilla 61 del 303 como "operaciones con inversión del sujeto pasivo").
- No repercutes ni ingresas IVA. No hay cuota de IVA devengado por ti en esta operación.
Si eres el receptor (el que recibe la factura sin IVA)
Debes autorepercutirte el IVA: calculas el IVA como si lo hubieras pagado tú y lo incluyes en el 303 tanto en el IVA devengado (casillas 12-13 o similares según el tipo) como en el IVA soportado deducible (si tienes derecho a deducción).
Si tienes derecho a deducción total, el efecto neto suele ser cero, pero la operación debe figurar en ambas columnas.
- En el resumen anual (modelo 390) estas operaciones también se reflejan en los apartados correspondientes de operaciones con ISP.
Para no perderte con las casillas, la calculadora de IVA de Cuotia te ayuda a ordenar los importes antes de presentar el 303.
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Resumen anual: modelo 390
En el modelo 390 debes reflejar las operaciones con ISP en el bloque de operaciones realizadas en régimen de inversión del sujeto pasivo. Si eres el destinatario que autorepercute, aparecerán tanto en el apartado de operaciones devengadas como en el de operaciones deducibles. Si eres el emisor, las encontrarás en el desglose de operaciones no sujetas a repercusión.
Guarda siempre copia de las facturas recibidas o emitidas con ISP; son documentos que Hacienda puede pedir en una comprobación.
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Errores habituales que conviene evitar
1. Emitir factura sin IVA sin incluir la mención del art. 84.Uno.2.º: Hacienda puede liquidar el IVA como si fuera una operación ordinaria. 2. Aplicar ISP con un cliente particular: la ISP solo opera entre empresarios o profesionales. Un consumidor final siempre paga IVA. 3. No declarar la autorepercusión como receptor: aunque no suponga coste neto, omitirlo genera una incidencia en la declaración. 4. Confundir ISP con exención: son conceptos distintos. La exención significa que no hay IVA en ningún lado; la ISP lo desplaza al receptor.
Si también tienes dudas sobre qué retención de IRPF aplicar en tus facturas, consulta nuestra guía sobre retención en facturas de autónomos.
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*Esta información es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal que analice tu situación concreta.*
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